REGLAMENTO INTERNO DE LA ACADEMIA MEXICANA DE IMPACTO AMBIENTAL, A.C.


De conformidad con lo establecido por el artículo segundo, numeral 22 de los Estatutos de la Academia Mexicana de Impacto Ambiental, A.C. (AMIA), se expide el presente reglamento para establecer de manera enunciativa, no limitativa: a) La operación y funcionamiento de la Mesa Directiva, b) La integración y funcionamiento de grupos o comités de trabajo, c) El establecimiento y operación de capítulos de la asociación en las entidades federativas, d) La integración y facultades del Consejo Técnico Asesor, e) Los privilegios, beneficios y obligaciones de socios fundadores y de asociados, f) El monto de las cuotas de los asociados y g) La elaboración y aprobación del Programa de Trabajo.


TÍTULO PRIMERO DE LA MESA DIRECTIVA
CAPÍTULO PRIMERO
DE LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA
MESA DIRECTIVA


Artículo 1.- La Mesa Directiva se integrará por un mínimo de nueve personas, en los términos siguientes: Un Presidente, dos Vicepresidentes, un Tesorero, un Primer Secretario, un Segundo Secretario, dos Vocales y el Presidente del Consejo Técnico Asesor.

Artículo 2.- La administración de cada Mesa Directiva tendrá una duración de dos años y la Presidencia será asumida por el Primer  Vicepresidente de la Mesa Directiva saliente.

Artículo 3.- La Mesa Directiva emitirá la convocatoria con las bases y mecanismos para la elección del Primer Vicepresidente y del resto de los miembros de la nueva Mesa Directiva. La convocatoria deberá realizarse en los últimos dos meses de gestión de la Mesa Directiva saliente.

Artículo 4.- La elección del Primer Vicepresidente y del resto de la Mesa Directiva se realizará cada dos años por la Asamblea de Asociados; tal elección se realizará a partir de la propuesta que formule la propia Mesa Directiva y/o las que propongan las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea de Asociados con derecho a voto.

Artículo 5.- En caso de ausencia temporal, el Primer Vicepresidente suplirá en su encargo al Presidente y gozará de todas las facultades y obligaciones de éste.

Artículo 6.- Los Vicepresidentes representarán momentáneamente al Presidente en caso de solicitud específica de éste.

Artículo 7.- En caso de renuncia o ausencia definitiva del Presidente, el Primer Vicepresidente asumirá el cargo y durará en él los dos años estatutarios a partir de la declaración formal de dicha ausencia; en tal caso, el resto de los miembros de la Mesa Directiva repetirán sus cargos por el tiempo referido.

Artículo 8.- El Presidente y los Vicepresidentes no podrán ser reelectos para el mismo cargo.

Artículo 9.- Los Secretarios, el Tesorero y los Vocales de la Mesa Directiva podrán ser reelectos para ocupar el mismo cargo que venían desempeñando.

Artículo 10.- La Mesa Directiva se reunirá por lo menos una vez cada dos meses, previa convocatoria del Presidente.

Artículo 11.- La Mesa Directiva se podrá reunir extraordinariamente a convocatoria del Presidente o de tres o más miembros de la misma Mesa Directiva.

Artículo 12.- La Mesa Directiva solo podrá sesionar válidamente cuando concurran la mayoría de sus miembros; sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes; en caso de empate, el Presidente o quien desempeñe sus funciones, tendrá voto de calidad.

Artículo 13.- Los Secretarios levantarán acta de cada sesión, la cual será debidamente asentada en el libro correspondiente.

Artículo 14.- Ningún servidor público de cualquier orden de gobierno podrá formar parte de la Mesa Directiva de la asociación.

CAPÍTULO SEGUNDO
DE LAS FACULTADES, ATRIBUCIONES Y
OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA MESA
DIRECTIVA

Artículo 15.- El Presidente de la Mesa Directiva debe actuar como representante legal de la Asociación ante cualquier autoridad y persona física o moral.

Artículo 16.- El Presidente deberá presentar en representación de la Mesa Directiva, un informe anual que incluya los principales criterios y políticas contables y de información general seguidos por la Asociación en el ejercicio que corresponda.

Artículo 17.- Al finalizar la gestión, durante la sesión de elección de miembros de la nueva Mesa Directiva, el Presidente saliente rendirá un informe general de su gestión al frente de la Academia, en el que determinará el grado de cumplimiento que se tuvo durante su administración del Programa de Trabajo inicialmente propuesto.

Artículo 18.- El Presidente tendrá a su cargo la previa aprobación de la agenda de asuntos a tratar en cada una de las sesiones de la Mesa Directiva.

Artículo 19.- Corresponde al Presidente programar, organizar y actuar como moderador en las sesiones de la Mesa Directiva, así como hacer del conocimiento de la misma aquellos asuntos relevantes para la marcha de la Asociación y someter a votación las decisiones a tomar.

Artículo 20.- El Presidente deberá convocar por sí o por conducto de los Secretarios a las sesiones ordinarias y en su caso a las extraordinarias.

Artículo 21.- El Presidente deberá proponer la inclusión de los asuntos que considere convenientes en el Orden del Día misma que deberá ser enviada a los Secretarios.

Artículo 22.- Los Secretarios deberán formular el Orden del Día a partir de la propuesta del Presidente; de igual forma, deben enviar a los integrantes de la Mesa Directiva la documentación de los asuntos a tratar para su estudio, con por lo menos tres días de anticipación a la celebración de la sesión.

Artículo 23.- Los Secretarios deberán levantar las actas de sesiones que celebre la Mesa Directiva y una vez aprobadas, recabar las firmas de las personas que hayan registrado su asistencia.

TÍTULO SEGUNDO
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO Y CAPÍTULOS DE LA ACADEMIA
CAPÍTULO PRIMERO
DE LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE
GRUPOS O COMITÉS DE TRABAJO


Artículo 24.- Podrán crearse grupos de trabajo temporales o comisiones permanentes para el estudio, discusión y tratamiento de temas relativos o relacionados con el objeto de la Academia.

Artículo 25.- Se establecerá la creación de grupos o comités de trabajo a propuesta de los socios y con la previa aprobación de la Mesa Directiva.

Artículo 26.- La creación y funcionamiento de los grupos o comités de trabajo deberá tener un objeto determinado y de interés para la Academia.

Artículo 27.- La temporalidad de los grupos y comités de trabajo será la necesaria para cumplir con el objeto de su creación.

CAPÍTULO SEGUNDO
DEL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE
CAPÍTULOS DE LA ASOCIACIÓN EN LAS
ENTIDADES FEDERATIVAS DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS

Artículo 28.- Cada Estado de la Federación podrá conformar un capítulo nuevo de la Academia.

Artículo 29.- Cada capítulo constituido conforme al presente Reglamento se denominará Capítulo de (nombre de la entidad federativa correspondiente) de la Academia Mexicana de Impacto Ambiental, A.C.

Artículo 30.- Cada capítulo se integrará con por lo menos cinco miembros de la Academia, que deberán vivir en la entidad federativa correspondiente, cumplir con los requisitos que se establecen en el artículo sexto, inciso K, de los Estatutos y estar al corriente en el pago de sus cuotas como socios activos.

Artículo 31.- Al conformarse un nuevo capítulo sus miembros pasarán a formar parte de la Academia como miembros individuales activos, independientemente de su calidad de miembros del capítulo correspondiente.

Artículo 32.- Los miembros de los nuevos capítulos tendrán los mismos derechos y obligaciones establecidos en los Estatutos de la Academia.

Artículo 33.- Cada capítulo deberá registrarse ante la Mesa Directiva de la Academia y será reconocido y protocolizado como tal en la siguiente Asamblea General de la misma.

Artículo 34.- Cada capítulo deberá tener una Mesa Directiva con una estructura mínima de Presidente, Secretario y Vocal, cuyas funciones serán definidas en el documento de registro ante la Mesa Directiva de la Academia.

Artículo 35.- La Mesa Directiva de cada Capítulo será coadyuvante de la Mesa Directiva de la Academia para transmitir a sus miembros las comunicaciones de la asociación, así como para exhortar a sus miembros a cubrir el pago de sus cuotas y demás obligaciones que tendrán como miembros individuales de la Academia.

TÍTULO TERCERO
DEL CONSEJO TÉCNICO ASESOR
CAPÍTULO ÚNICO
DE LA INTEGRACIÓN Y FACULTADES

Artículo 36.- El Consejo Técnico Asesor es una instancia de carácter honorario y estará integrado por personas expertas en la materia de impacto ambiental, designadas por la Mesa Directiva, así como por los socios fundacionales y ex–presidentes de la Asociación que no desempeñen algún encargo en la Mesa Directiva y sus cargos tendrán carácter vitalicio.

Artículo 37.- El Consejo Técnico Asesor contará con un Presidente que durará dos años en el cargo. La Presidencia del Consejo la asumirá el Presidente saliente de la Asociación.

Artículo 38.- En caso de renuncia y/o ausencia prolongada o definitiva de cualquiera de los miembros del Consejo Técnico Asesor, la Mesa Directiva, con la aprobación de los demás miembros del Consejo, designará un suplente, cuyo cargo no será vitalicio y terminará al momento en que se incorporé un nuevo miembro vitalicio al Consejo.

Artículo 39.- El Consejo Técnico Asesor tendrá facultades para asesorar a la Mesa Directiva en el desempeño de sus funciones y en el cumplimiento del objeto social de la asociación y, entre otros, podrá hacerse cargo de la organización de los Seminarios o Congresos a que convoque la Academia.

Artículo 40.- El Consejo Técnico Asesor podrá emitir su opinión respecto de las consultas que le formule la Mesa Directiva o su Presidente.

Artículo 41.- El Presidente del Consejo Técnico Asesor deberá asistir a las sesiones de la Mesa Directiva, de la cual es miembro.

TÍTULO CUARTO
DE LOS PRIVILEGIOS, BENEFICIOS Y OBLIGACIONES DE
SOCIOS FUNDACIONALES Y ASOCIADOS
CAPÍTULO PRIMERO
DE LOS SOCIOS

Artículo 42.- La Academia tiene seis clases de asociados:
a. Fundacionales;
b. Numerarios;
c. Activos;
d. Honorarios;
e. Benefactores, y
f. Colectivos.

Artículo 43.- Los socios fundacionales de la asociación tendrán a la vez el carácter de asociados numerarios, lo que implica que deberán presentar y definir ante la Asamblea un ensayo o trabajo, en los términos correspondientes.

Artículo 44.- Los socios fundacionales podrán ser electos miembros de la Mesa Directiva de la Asociación; en caso de no tener tal designación, serán miembros del Consejo Técnico Asesor.

Artículo 45.- Los socios numerarios son socios activos de la Academia que presentan y defienden un ensayo o trabajo de análisis o propuesta de solución a alguna problemática relacionada con las materias objeto de la Asociación y que haya sido aprobado por la Mesa Directiva y por el cuerpo de asociados numerarios. En la Academia solo podrán haber hasta cien socios numerarios.

Artículo 46.- Los socios numerarios tendrán el derecho de ostentar el número que del uno al cien corresponda y podrán analizar y, en su caso, aprobar junto con la Mesa Directiva el ensayo o trabajo de análisis o propuesta de solución que presenten los asociados que pretendan convertirse en numerarios.

Artículo 47.- Los interesados en ser asociados activos de la Academia deberán ser profesionistas vinculados con las actividades relacionadas con el objeto de la Asociación; deberán ser propuestos por al menos dos socios fundacionales o activos y su aceptación deberá ser previamente acordada por la Mesa Directiva.

Artículo 48.- Los asociados activos podrán ser designados miembros de la Mesa Directiva y tendrán derecho de voto en toda clase de asambleas.

Artículo 49.- Los asociados honorarios serán aquellos que por sus conocimientos, ética, probidad, honorabilidad y otras cualidades relevantes se hagan acreedores a tal distinción, a propuesta de la Mesa Directiva y previa aprobación de la Asamblea de Asociados. Los asociados honorarios tienen derecho a concurrir a las asambleas con voz pero sin voto y no deberán cubrir cuota alguna para conservar su calidad honoraria de socios.

Artículo 50.- Son miembros benefactores de la Academia aquellas personas físicas o morales que realicen aportaciones económicas, en dinero o especie a la Asociación y que a propuesta de la Mesa Directiva sean aprobados por la Asamblea de Asociados. Los miembros benefactores tienen derecho a concurrir a las asambleas con voz pero sin voto y no deberán cubrir cuota alguna para conservar su calidad honoraria de socios.

Artículo 51.- Los Asociados Colectivos serán personas morales constituidas en términos de la Legislación Nacional y que se dediquen a cualquiera de los objetos sociales de los Estatutos que rigen a la Academia. Los Asociados Colectivos tendrán derecho a acreditar a dos personas físicas ante la Asociación.

Artículo 52.- Son obligaciones de todos los asociados:
a. Asistir con puntualidad a las Asambleas;
b. Respetar y hacer respetar los Estatutos y este y otros Reglamentos que
regulen la actuación de la Academia y sus miembros;
c. Sujetarse a lo previsto en los contratos que la asociación celebre;
d. Cumplir fiel, puntualmente y con esmero el trabajo social que se le indique;
e. Abstenerse de realizar actos que entorpezcan las labores de la Academia o
pongan en peligro su prestigio social, y
f. Las que se señalen en los Estatutos y Reglamentos de la Asociación.

Artículo 53.- Los miembros de la Asociación tendrán derecho a separarse de ella, previo aviso por escrito dado a la Mesa Directiva, con dos meses de anticipación.

CAPÍTULO SEGUNDO
DE LAS CUOTAS

Artículo 54.- Todos los asociados deberán cubrir anualmente el pago correspondiente por la renovación de su calidad de asociados.

Artículo 55.- Los asociados activos deberán cubrir la cuota anual de $2,350.00 (dos mil trescientos cincuenta pesos M.N.), la cual podrá ser modificada por la Asamblea General de Asociados.

Artículo 56.- Los Asociados Colectivos deberán cubrir una cuota de inscripción de $20,000.00 (veinte mil pesos M.N.) y a partir del segundo año una cuota anual de $10,000.00 (diez mil pesos M.N.)

Artículo 57.- En ningún caso, los asociados tendrán derecho a recuperar sus aportaciones.

Artículo 58.- Será causa de exclusión automática de los asociados activos el no estar al corriente en el pago de sus cuotas por un periodo consecutivo de dos anualidades, para cuyo efecto no será necesario convocar a la Asamblea.

TÍTULO QUINTO
DEL PROGRAMA DE TRABAJO
CAPÍTULO ÚNICO
DE LA ELABORACIÓN Y APROBACIÓN

Artículo 59.- El Programa de Trabajo de la Academia será bianual y en él deberán estar reflejados los objetivos que se pretende conseguir en cada administración, destacando las actividades que habrán de desarrollarse y las alianzas estratégicas que se proponen para
tal efecto.

Artículo 60.- El Programa de Trabajo deberá considerar aquellas metas que no se hubiesen conseguido en el ejercicio anterior y se justificará si se incluyen o no en la actual administración.

Artículo 61.- El Presidente tendrá a su cargo la propuesta del Programa de Trabajo y su aprobación estará a cargo de los Miembros de la Mesa Directiva, quienes lo podrán adicionar o modificar en los puntos que consideren conveniente.

Artículo 62.- El Programa de Trabajo, deberá ser propuesto y aprobado en los tres primeros meses a partir de que tome protesta la Mesa Directiva.

Artículo 63.- El Programa de Trabajo podrá ser modificado, adicionado o añadido, en función de los compromisos, acuerdos o convenios adquiridos o suscritos por la Academia, en virtud del cumplimiento de su objeto. Las modificaciones al Programa de Trabajo podrán ser propuestas por cualquiera de los miembros de la Mesa Directiva y su aprobación se hará por mayoría de votos de la propia Mesa Directiva.

 

 Ricardo Juárez Palacios

Biólogo con más de 30 años de experiencia en la Administración de Recursos Naturales, Gestión Ambiental y Administración de Equipos de Trabajo. Durante el transcurso de su carrera profesional ha adquirido experiencia en diversas áreas de la Gestión Ambiental.

  • Director General de Zona Federal Marítimo Terrestre (Enero-Junio 2001)
  • Director General de Impacto y Riesgo Ambiental  (Junio 2001-Julio 2007): Encabezó los trabajos orientados a la reingeniería de dicha unidad administrativa para mejorar sus procesos de atención a los trámites de su competencia, habiendo logrado normalizar los procedimientos de dictaminación de Informes Preventivos y Manifestaciones de Impacto Ambiental, obteniendo la certificación de todos los procesos de esa Dirección General en la Norma ISO 9001-2000.
  • Ha dirigido la elaboración de los Programas de Medio Ambiente y Aprovechamiento de Recursos Naturales para los Gobiernos del Estado de Guanajuato (1994-2000 y 2006-2012) y, el correspondiente al Estado de Veracruz.
  • Bajo su dirección ACUACORP/GESTIONA se ha visto involucrada en la elaboración de más de 200 estudios de impacto ambiental de diversos sectores.
  • Ha publicado tres libros y varios reportes técnicos en revistas de circulación nacional e internacional, con temas relacionados al aprovechamiento de Recursos Naturales.
  • Ha sido catedrático en asignaturas relacionadas con la administración de recursos naturales y manejo ambiental, tanto en la Universidad Nacional Autónoma de México, como en la Universidad Autónoma Metropolitana y en la Universidad Simón Bolívar de Caracas, Venezuela.
  • Coordina el Diplomado de Impacto Ambiental (IPN-Centro de Estudios Jurídicos y Ambientales).

 

Raúl Arriaga Becerra 

Biólogo, egresado de la Facultad de Ciencias de la UNAM, con estudios de Maestría en Biología orientada a la Acuacultura y Doctorado en Derecho Ambiental por la Universidad de Alicante, España. Ha realizado cursos de especialización en Calidad Total en el ITESM y un Diplomado en Alta Gerencia y Administración Pública en la Universidad de Texas, en Dallas. En su desarrollo profesional ha ocupado varios cargos en la Administración Pública, destacando Subsecretario de Gestión para la Protección Ambiental de la SEMARNAT (2000-2003); Director General del Instituto de Ecología del Estado de Guanajuato (1996-2000); Jefe del Departamento de Ecología en el municipio de León, Guanajuato (1992); Subdirector a la Promoción de la Inversión en la Acuacultura, SEPESCA (1989-1992); en la consultoría en su propia firma como Director General de Ecotecnias Consultores (1992-1996), actualmente desarrolla servicios de Consultoría Ambiental especializada en su propia firma GDT ambiental desde 2007 a la fecha. Actualmente es Vicepresidente del XVII Consejo Directivo del Colegio de Biólogos de México.

 

Julieta Pisanty Levy 

Julieta Pisanty Levy es Bióloga egresada de la Facultad de Ciencias de la UNAM y Maestra en Ciencias de la misma universidad. Su tesis de Licenciatura, iniciada en 1973, tuvo por tema el impacto ambiental de la Planta Nucleo eléctrica de Laguna Verde, Veracruz. Su experiencia profesional en el campo de la evaluación de impacto ambiental se inició en 1980 en la Subdirección de Impacto Ambiental de la Dirección General de Protección y Ordenación Ecológica de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, en donde ocupó cargos de asesoría técnica y jefaturas.

Ha laborado en diversas universidades como investigadora, docente y desarrollando funciones de diseño curricular de nuevas licenciaturas. Ha sido asesora en diversas compañías consultoras realizando estudios de impacto ambiental de proyectos agrícolas, turísticos, habitacionales, de comunicaciones y transportes, industriales y comerciales, así como anteproyectos de normas para estudios de impacto ambiental de carreteras.

En 2003, realizó la evaluación ambiental sectorial (estratégica) de un programa de modernización y rehabilitación de obras hidráulicas para la Comisión Nacional del Agua y el Banco Mundial.

De  2004 a 2006 participó en diversas actividades en el Programa Universitario de Medio Ambiente de la UNAM, en la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la SEMARNAT en colaboración con FONATUR, así como en la Organización Panamericana de la Salud.

Pertenece a la Asociación Internacional de Evaluación de Impacto desde 1986 y fue miembro de la Mesa Directiva de 1992 a 1995. En 2008 fue galardonada con la distinción denominada Outstanding Service to IAIA (International Association for Impact Assessment) and Impact Assessment.

Hasta febrero de 2008, estuvo adscrita al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) como Asociada de Proyecto, coordinando diversas actividades relacionadas con la elaboración de un diagnóstico socioeconómico y ambiental y estrategias de desarrollo local sustentable para PEMEX Exploración y Producción.

En 2010 participó en la elaboración del Informe de Evaluación Ambiental denominado Proyecto de Modernización del Servicio Meteorológico Nacional de México (MoMet) con la Comisión Nacional del Agua, El Servicio Meteorológico Nacional y el Banco Mundial.

En 2011-2012 participó en la elaboración de manifestaciones de impacto ambiental para el proyecto de 800 kilómetros de ductos de PEMEX con la Facultad de Química de la UNAM. Actualmente es miembro del Consejo Técnico Asesor de la Academia Mexicana de Impacto Ambiental.

 

 

SEMBLANZAS MESA DIRECTIVA 2022-2024 AMIA

 

 

Presidente. M.I. Carlos Rábago Estela

Ingeniero Civil y Maestro en Ingeniería Ambiental por la Universidad Nacional Autónoma de México. Diplomado en Auditoría Ambiental por la Facultad de Arquitectura, UNAM–PROFEPA. Diplomado sobre Evaluación de Impacto Social y Consulta, por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO México). Perito Profesional en Medio Ambiente PPMA-018, por el Colegio de Ingenieros Civiles de México, A.C. Miembro fundador de la Academia Mexicana de Impacto Ambiental, A.C. , la cual, preside actualmente para el periodo 2022-2024. Es Socio Director de Sistemas Integrales de Gestión Ambiental, S.C.

Especialista en la realización de estudios de impacto ambiental, evaluación de pasivos ambientales y de caracterización de suelos. Ha coordinado y dirigido la supervisión ambiental y seguimiento de condicionantes ambientales para la construcción de diversos proyectos de energía eólica, terminales de almacenamiento de petrolíferos, terminales portuarias y proyectos costeros, vías generales de comunicación, industriales, urbanos y viales, entre otros.

También, ha participado como profesor en diversos cursos y diplomados, en el Estudio de País que realizó el Banco Mundial, en el tema “El Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental en Honduras” y en la elaboración de programas de manejo para áreas naturales protegidas.

 

 

Primer Vicepresidente. Mtro. Carlos Federico Del Razo Ochoa

Abogado por la Universidad de las Américas A.C., maestro en Derecho y Política Ambiental, por la Universidad de Kent, campus Canterbury, Reino Unido, y especialista en administración energética, por la EGADE Business School, del ITESM.

Es socio del despacho ECIJA (México). Asesora y representa a empresas y asociaciones para la obtención y cumplimiento de permisos y autorizaciones, así como para atender auditorías en materia ambiental y procedimientos de inspección. Asimismo, ha desarrollado estrategias litigiosas vinculadas con la normatividad ambiental y energética.

Carlos es el Presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Energía de la Asociación Internacional de Jóvenes Abogados (AIJA), miembro del Centro de Políticas Públicas para el Desarrollo Sustentable y profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, en donde imparte la cátedra “Transición Energética” de la Especialidad en Derecho Energético y el módulo de “Política Ambiental”, en el Diplomado de Derecho Ambiental.

 

 

 

Segundo Vicepresidente. Dr. Raúl Enrique Arriaga Becerra

Biólogo egresado UNAM, Licenciado en Derecho egresado ULA, Doctorando en Derecho Ambiental por la Universidad de Alicante, España. Cuenta con Diplomado en Alta Gerencia y Administración Pública (Universidad de Texas en Dallas), Diplomado Calidad ITESM.

Perito Certificado en Impacto Ambiental y Contaminación de Ecosistemas Marinos por el CBM, Perito Tercero del TFJA y Perito de la Judicatura; Director de Proyectos Complejos Certificado IPMA/B e Instructor de Buceo Deportivo 3 Estrellas FMAS/CMAS.

Fungió como Director General Instituto de Ecología de Guanajuato (1996-2000), Subsecretario de Gestión para la Protección Ambiental SEMARNAT (2000-2003), Presidente del XVIII Consejo CBM, Presidente AASUNAM (1983-1984)

Miembro Honorario y fundador ANAAE; Miembro y Fundador CBG; Miembro y Fundador de la AMIA, Miembro de la IAIA, Miembro de IPMA. Dos veces reconocido Doctor Honoris Causa por su trayectoria profesional y contribuciones a la protección del medio ambiente y desarrollo sustentable de México.

Actualmente Consultor Ambiental; Consejero en organizaciones Ambientales, Sociales, Privadas y Públicas, Nacionales e Internacionales.

 

Tesorero. Biól. Héctor Lesser Hiriart

Egresado de la licenciatura en Ciencias (Biología) de la UNAM; cuenta con estudios de postgrado en la misma institución. Cuenta con 36 años de experiencia en la dirección, coordinación y ejecución de estudios ambientales de diversa índole. En los últimos 32 años ha realizado múltiples estudios ambientales, entre los que destacan auditorías ambientales de transferencia de propiedad; manifestaciones de impacto ambiental; caracterización de sitios contaminados; remediación de suelos y mantos freáticos y; asesoría en materia ambiental para una variedad de giros industriales y de servicios. El Biól. Lesser es Fellow de la Sexta Generación del Programa LEAD-México (Leadership for Environment and Development), programa auspiciado por la Fundación Rockefeller que busca crear cuadros profesionales a nivel mundial para enfrentar los retos que demanda el desarrollo sostenible

 

 

Primer Secretaria. Mtra. Olga Margarita Briseño Senosiain

Economista por la UNAM, Maestra en Políticas Públicas por el ITAM, Especialidad en Minería y Medio Ambiente por Lulea,University of Tecnology en Suecia.Consultora en temas de energía, minería y medio ambiente, con 22 años de experiencia en lossectores público y privado.

Es asesora ambiental de México Generadora de Energía, en temas: Cédula de Operación Anual y Emisiones GEI, Programa de Prueba Sistema de Comercio de Emisiones, Medidas de mitigación, Permisos ambientales.

De 2011 a 2018 fue Subdirectora de Medio Ambiente y Ecología de Minera México, a cargo de la gestión y supervisión de permisos ambientales y temas de cambio climático, entre otros.

Representante de Grupo México en CCE-CESPEDES y Comisión de Energía y Cambio Climático de CONCAMIN.De 2001-2011 fungió como Directora de Minería en la SEMARNAT (regulación e instrumentos de fomento). Participa en AMDEE, AME y forma parte de la AMIA.

 

 

Segunda Secretaria. Mtra. Martha Elizabeth Guerrero González

Martha Guerrero González es licenciada en Arquitectura con maestría en Derecho y Políticas Públicas Ambientales; Diplomada en Desarrollo Urbano y Gestión Urbana por el ITESO; Diplomada en Auditoria Ambiental por la UAN-PROFEPA; Diplomada en Legislación e Impacto Ambiental. Directora de Impacto Ambiental en el Gobierno del Estado de Nayarit durante el periodo septiembre de 2002 a junio de 2006. Subdirectora de Ecología en el H.VII Ayuntamiento de Bahía de Banderas. Miembro fundador de la Red Nacional de Promotores Ambientales para la Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos. Formó parte de la mesa directiva de la Academia Mexicana de Impacto Ambiental (AMIA, S.C.) en dos ocasiones previas. Integrante de la Mesa Directiva de COPARMEX Riviera Nayarit, en la Comisión de Ecología.

De 2007 a la fecha se desempeña como Directora Planificación Urbana & Medio Ambiente, S.A. de C.V., donde diseña y propone estrategias de gestión medioambiental.

 

 

Primer Vocal. MC. Alfonso Flores Ramírez

Maestro en Ciencias en Ingeniería Química con más de 28 años de experiencia en la gestión ambiental; ha cursado e impartido numerosos diplomados en materia de impacto ambiental, riesgo ambiental, manejo de residuos peligrosos, remediación de sitios contaminados y manejo adecuado de sustancias químicas. Dentro de su trayectoria laboral fue supervisor ambiental en CFE, Coordinador de ingeniería ambiental en la Planta Silao de General Motors, funcionario del Instituto de Ecología del Estado de Guanajuato, funcionario federal en la SEMARNAT durante 16 años (2002-218) donde se desempeñó como Director de Materiales y Residuos Peligrosos, Director General de Gestión integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR) y Director General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), de igual manera fue negociador internacional de la SEMARNAT en los diferentes convenios internacionales en materia de sustancias químicas (Rotterdam, Estocolmo; Minamata; Basilea). Actualmente es consultor y asesor privado en gestión ambiental, planeación estratégica, prevención de la contaminación y economía circular.

 

 

Segunda Vocal. Dra. Thania Gabriela López García

Cuenta con estudios de licenciatura en Biología por la Facultad de Ciencias Biológicas de la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), Maestría en Ciencias Forestales en la Facultad de Ciencias Forestales de la misma UANL y estudios de Doctorado en Ciencias de la ingeniería con orientación en Sistemas Ambientales del Tecnológico de Monterrey.

Experiencia laboral en el Gobierno Municipal de Monterrey y estatal en la dependencia de Parques y Vida Silvestre de Nuevo León.Actualmente es Gerente de Operaciones de consultoria Experts Environmental Consultants, S.C. con 15 años en el mercado. Sus ramos de especialidad son: impacto ambiental, sistemas de gestión ambiental, sistemas de información geográfica, legislación ambiental y gestión con autoridades.

Asimismo es docente en la Universidad Americana de Norestea impartiendo diversos cursos para la Maestría en Gestión Ambiental como Instrumentos de Gestión Ambiental, Proyectos Ambientales y Sistema Gerencial de Administración Ambiental. Cuenta con un dipomado en habilidades directivas por el ICAMI.

 


 

Tercera Vocal. Biól. Magdalena Colunga García-Marín

Egresada de la Facultad de Ciencia de la UNAM. Realizó créditos de la Maestría en Economía del Colegio de México. Cuenta con más de 35 años de experiencia en el área ambiental. En 1996 ingresó a Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), como responsable de la creación del área de protección ambiental. Coordinó diferentes estudios de factibilidad ambiental para la determinación del sitio para el Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (NAICM). Asesora en varias reuniones del Grupo Internacional de Aviación para el Cambio Climático de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Participó en la Supervisión Ambiental de la T2 del AICM y del NAICM en Texcoco. Ha impartido diferentes cursos y talleres nacionales e internacionales, organizados por ASA, UNAM, IPN, OACI, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), Bird Strike Association of Canadá y USA Bird Committee, enfocados a la protección ambiental y el control de la fauna en aeropuertos.

 

 

Presidente del Consejo Técnico Asesor. Lic. Daniel Basurto González

Egresado de la Universidad Anáhuac con Mención Honorífica en 1983; ha sido profesor y coordinador de Diplomados en Derecho Ambiental en diversas Universidades Privadas del país; en 30 años de experiencia en el campo del medio ambiente, sus actividades más representativas son:

Presidente de la Academia Mexicana de Impacto ambiental durante el periodo 2019-2022. Asesor de Empresas Nacionales y Multinacionales en Materia de Derecho Ambiental y Energía. Consultor en el desarrollo de Leyes, Reglamentos y Normas Oficiales. Presidente COPARMEX (1998 – 2001). Presidente de la Comisión de Ecología de la CONCAMIN (2001 - 2005). Miembro del Consejo Directivo de la Cámara Internacional de Comercio, Capítulo México (ICC México), donde también presidio la Comisión de Medioambiente y Energía. Miembro del Comité Consultivo Público Conjunto (JPAC/CCPC), del Acuerdo Paralelo en Materia Ambiental del TLC (1999-2002). Observador del Sector Privado dentro del Climate Investment Funds del Banco Mundial. Coordinador de la Comisión de Derecho Ambiental de la BMA (2006-2010). Miembro activo de organizaciones internacionales como la International Bar Association (IBA) y la American Bar Association (ABA). Socio Fundador de Iniciativa para el Desarrollo Ambiental y Sustentable, S.C. (IDEAS). Ha obtenido diversos Diplomados en materia de Cambio Climático tanto del Banco Mundial así como de Coursera. Autor constante de artículos en materia de medio ambiente en revistas y publicaciones especializadas en el ramo.

 


 

Gerente General. Lic. Yeni Arely Fernández Benitez

Estudió la licenciatura en Comunicación y Cultura en la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM). Ha tomado diversos cursos y seminarios, tales como: “Alternativas conceptuales para pensar la comunicación”, “El emprendedor y la elaboración de un plan de negocios”, “E-mail Marketing”, “Lectura rápida”, “Gerencia y Alta Dirección para Empresas” y “Capacitación en Recursos humanos”.

Se desarrollo en el Centro de Estudios Jurídicos y Ambientales, A.C. como Coordinadora Administrativa; en Terrafarma S.A. de C. V., como coordinadora de Telemarketing y coordinación de cursos y eventos; en el Centro de Desarrollo de la Cámara Nacional de la Industria Farmacéutica, en el área de Capacitación como Coordinadora de Logística y Telemarketing; en Copiadoras Digitales de México, S.A. de C.V., en el Departamento de Servicio Técnico, en Teletech México, S. de R. L. de C.V. en el departamento de Atención a Clientes y en el Departamento de Difusión de la Biblioteca Nacional del IPN.

Ha participado en la organización, logística y coordinación de cursos, diplomados, seminarios y congresos, dentro y fuera de la Ciudad de México. Participó en la organización de la Exposición Biofarmacéutica 2004 en el World Trade Center y en la elaboración del boletín No. 0, 1, 2 y 3 de la BNCT del Instituto Politécnico Nacional, así como en la coordinación del Arte y Diseño de la revista Derecho Ambiental y Ecología. Actualmente, a cargo de la Gerencia General de la AMIA, A.C.

 

 

 

OBJETIVO GENERAL

La AMIA, A.C. tiene como objetivo promover la expresión de la comunidad científica, académica, tecnológica y jurídica, para la formulación de propuestas en materia de impacto y riesgo ambiental y evaluación ambiental estratégica, fortaleciendo el gremio de especialistas que colaboran profesionalmente en medios públicos y privados.

OBJETIVOS PARTICULARES

  1. Promover la expresión de la comunidad científica, académica, tecnológica y jurídica, para la formulación de propuestas en materia de impacto y riesgo ambiental y evaluación ambiental estratégica.
  2. Fortalecer al gremio de especialistas dedicados, en los ámbitos público y privado a la evaluación del impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica.
  3. Proponer y opinar sobre las políticas nacionales y programas sectoriales y especiales federales, estatales y municipales, relativas o relacionadas directa o indirectamente con medio ambiente, equilibrio ecológico, impacto y riesgo ambiental y evaluación ambiental estratégica.
  4. Promover entre la población la prevención y control de la contaminación del aire, del agua, del suelo, la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico.
  5. Analizar, opinar, proponer y difundir las disposiciones legales, reglamentarias y administrativo-técnicas o las reformas adicionales a las mismas, en las materias de evaluación del impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica, así como otras materias relacionadas con las mismas.
  6. Ser apoyo de los sectores productivos, público y privado, en todos los aspectos relacionados con las materias de evaluación del impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica a través de opiniones, asesoría y demás actividades afines.
  7. Realizar actividades de investigación, promoción y divulgación en materias relacionadas con impacto, riesgo y evaluación ambiental estratégica, y en general con medio ambiente y equilibrio ecológico.
  8. Publicar todo tipo de material impreso o electrónico, tales como revistas, libros, publicaciones periódicas, discos compactos, unidades USB, portales cibernéticos y otros análogos o similares, que estén relacionados con las materias de impacto ambiental, riesgo ambiental, evaluación ambiental estratégica, y en general medio ambiente y equilibrio ecológico.
  9. Elaborar proyectos de: iniciativas de leyes o de reformas a leyes existentes, reglamentos, decretos, acuerdos, normas oficiales mexicanas y normas técnicas estatales ambientales, en las materias de impacto ambiental y de evaluación ambiental estratégica, así como de otras materias afines o relacionadas.
  10. Normalizar en las materias de impacto ambiental, riesgo ambiental y evaluación ambiental estratégica, asi como de otras materias afines o relacionadas, a través de la figura de normas mexicanas prevista en la regulación federal sobre metodología y normalización. Las labores de normalización que realice la AMIA, A.C. tendrán cobertura nacional.
  11. Constituirse y operar como organismo nacional de normalización en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, en las materias de impacto y riesgo ambiental y de evaluación ambiental estratégica, así como en otras materias afines o relacionadas.
  12. Participar en actividades de normalización internacional y adoptar el Código para la elaboración, adopción y aplicación de normas internacionalmente aceptado.
  13. Someter a los comités consultivos nacionales de normalización, en términos de la legislación sobre metrología y normalización y mejora regulatoria, los anteproyectos de Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas que elabore la AMIA, A.C. en las materias de impacto y riesgo ambiental y de evaluación ambiental estratégica, así como de otras materias afines o relacionadas.
  14. Elaborar por iniciativa propia o a petición de parte, estudios técnicos, científicos y jurídicos sobre temas selectos o específicos de impacto y riesgo ambiental y de evaluación ambiental estratégica.
  15. Fungir como institución asesora y consultiva de dependencias, organismos y entidades públicos y privados, nacionales e internacionales, así como de organismos multilaterales en las materias de evaluación del impacto ambiental, de evaluación ambiental estratégica y de otras afines o relacionadas.
  16. Emitir opiniones, consultas y posicionamientos sobre asuntos relativos a las materias de impacto y riesgo ambiental y de evaluación ambiental estratégica, así como en materias relacionadas con estas.
  17. Establecer mecanismos de vinculación y formación de alianzas con otras asociaciones y colegios de profesionistas, nacionales y extranjeros, para realizar de forma conjunta actividades y proyectos que contribuyan al fortalecimiento de los instrumentos de evaluación del impacto ambiental y de evaluación ambiental estratégica.
  18. Organizar y llevar a cabo eventos, exposiciones, seminarios, conferencias, cursos, talleres, simposios, mesas redondas y en general cualquier tipo de actividades culturales y de capacitación, relativas y relacionadas con las materias de impacto y riesgo ambiental, de evaluación ambiental estratégica, otras materias relacionadas, por iniciativa propia o por contratación privada o pública, ésta última en términos de las disposiciones jurídicas aplicables a las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público en los órdenes federal, estatal y municipal.
  19. Obtener patrocinios y otros recursos económicos, financieros y materiales provenientes de entidades, instituciones gubernamentales, organismos nacionales e internacionales, instituciones privadas y donativos del público en general, para la consecución de los fines de la asociación.
  20. Formar parte de otras asociaciones, cámaras y colegios de profesionistas, nacionales o internacionales siempre que su papel y funciones sean afines al objeto social de la AMIA, A.C., su reglamento interior, misión y visión.
  21. Otorgar premios, estímulos y reconocimientos a actividades, documentos y proyectos relevantes por su importancia, contenido, técnicas y metodologías empleadas o aportaciones novedosas a la observancia, eficacia y consecución de la evaluación del impacto ambiental y de la evaluación ambiental estratégica.
  22. Darse su Reglamento Interno en el que se establezca, de manera enunciativa, no limitativa: a) operación y funcionamiento de la Mesa Directiva, b) Integración y funcionamiento de grupos o comités de trabajo; el establecimiento y operación de capítulos de la AMIA, A.C. en las entidades federativas; c) la integración y facultades del Consejo Técnico Asesor; d) privilegios, beneficios y obligaciones de socios fundadores y de asociados; e) monto de cuotas de los asociados; f) elaboración y aprobación del Programa bianual de trabajo, entre otros.
  23. Adquirir por cualquier título jurídico los bienes muebles e inmuebles necesarios para el cumplimiento de su objeto social, 24. Contratar y capacitar al personal necesario para el cumplimiento de los fines de la AMIA, A.C., 25. En general, la realización de todos los actos y celebración de todo tipo de contratos y convenios que sean lícitos y sirvan a los fines, objetivos, misión, visión, desarrollo, crecimiento, fortalecimiento y consolidación de la AMIA, A.C..

La Academia Mexicana de Impacto Ambiental, A.C.(AMIA, A.C.), es una asociación gremial, sin fines de lucro, cuyo objetivo medular es coadyuvar al fortalecimiento del instrumento de la Evaluación del Impacto Ambiental a través de la capacitación permanente de sus agremiados y del mejoramiento en su eficacia y eficiencia, así como mediante la emisión de propuestas, opiniones y posicionamientos sobre asuntos relativos a las materias de evaluación del impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica.

La AMIA, A.C. se define además como un cuerpo técnico especializado de consulta y debate abierto a todo tipo de colaboraciones, iniciativas y propuestas para participar en las propuestas de mejoramiento del procedimiento de EIA.

AMIA, A.C., como organismo gremial se caracteriza por disponer de una membresía multidisciplinaria y favorece la comunicación de los servicios que prestan sus agremiados mediante procesos de difusión, acreditación de capacidades y estímulo a la calidad de los servicios.

En la realización de las actividades de AMIA, A.C. no se podrán perseguir fines de lucro y tendrán como finalidad primordial el cumplimiento de su objeto social, por lo que no podrá intervenir en campañas políticas ni en actividades de propaganda o destinadas a influir en la legislación, al respecto, no se considera que influye en la legislación la publicación de un análisis o de una investigación que no tenga carácter proselitista o la asistencia técnica a un órgano gubernamental que lo hubiere solicitado.

 

Descarga el Acta Constitutiva de la Academia Mexicana de Impacto Ambiental, A.C.

Descarga la Asamblea de apertura de la Academia  Mexicana de Impacto Ambiental, A.C.

Contacto

Academia Mexicana de Impacto Ambiental, A.C.
CDMX
Teléfono:
T: +52 55 5688-1014
Email info@amia.org.mx
¡Suscríbete a Nuestro Boletín!
¿Te interesa?
Recibe información de nuestras Actividades, Cursos y Eventos.
Escribenos a: difusion@amia.org.mx
Indicando tu Nombre Completo, email y Estado de la República.


NUESTROS PERFILES SOCIALES
LinkedIn    Facebook    Twitter   YouTube   Instagram

Consulta Nuestro AVISO DE PRIVACIDAD