Objetivos

OBJETIVO GENERAL

La AMIA, A.C. tiene como objetivo promover la expresión de la comunidad científica, académica, tecnológica y jurídica, para la formulación de propuestas en materia de impacto y riesgo ambiental y evaluación ambiental estratégica, fortaleciendo el gremio de especialistas que colaboran profesionalmente en medios públicos y privados.

OBJETIVOS PARTICULARES

  1. Promover la expresión de la comunidad científica, académica, tecnológica y jurídica, para la formulación de propuestas en materia de impacto y riesgo ambiental y evaluación ambiental estratégica.
  2. Fortalecer al gremio de especialistas dedicados, en los ámbitos público y privado a la evaluación del impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica.
  3. Proponer y opinar sobre las políticas nacionales y programas sectoriales y especiales federales, estatales y municipales, relativas o relacionadas directa o indirectamente con medio ambiente, equilibrio ecológico, impacto y riesgo ambiental y evaluación ambiental estratégica.
  4. Promover entre la población la prevención y control de la contaminación del aire, del agua, del suelo, la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico.
  5. Analizar, opinar, proponer y difundir las disposiciones legales, reglamentarias y administrativo-técnicas o las reformas adicionales a las mismas, en las materias de evaluación del impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica, así como otras materias relacionadas con las mismas.
  6. Ser apoyo de los sectores productivos, público y privado, en todos los aspectos relacionados con las materias de evaluación del impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica a través de opiniones, asesoría y demás actividades afines.
  7. Realizar actividades de investigación, promoción y divulgación en materias relacionadas con impacto, riesgo y evaluación ambiental estratégica, y en general con medio ambiente y equilibrio ecológico.
  8. Publicar todo tipo de material impreso o electrónico, tales como revistas, libros, publicaciones periódicas, discos compactos, unidades USB, portales cibernéticos y otros análogos o similares, que estén relacionados con las materias de impacto ambiental, riesgo ambiental, evaluación ambiental estratégica, y en general medio ambiente y equilibrio ecológico.
  9. Elaborar proyectos de: iniciativas de leyes o de reformas a leyes existentes, reglamentos, decretos, acuerdos, normas oficiales mexicanas y normas técnicas estatales ambientales, en las materias de impacto ambiental y de evaluación ambiental estratégica, así como de otras materias afines o relacionadas.
  10. Normalizar en las materias de impacto ambiental, riesgo ambiental y evaluación ambiental estratégica, asi como de otras materias afines o relacionadas, a través de la figura de normas mexicanas prevista en la regulación federal sobre metodología y normalización. Las labores de normalización que realice la AMIA, A.C. tendrán cobertura nacional.
  11. Constituirse y operar como organismo nacional de normalización en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, en las materias de impacto y riesgo ambiental y de evaluación ambiental estratégica, así como en otras materias afines o relacionadas.
  12. Participar en actividades de normalización internacional y adoptar el Código para la elaboración, adopción y aplicación de normas internacionalmente aceptado.
  13. Someter a los comités consultivos nacionales de normalización, en términos de la legislación sobre metrología y normalización y mejora regulatoria, los anteproyectos de Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas que elabore la AMIA, A.C. en las materias de impacto y riesgo ambiental y de evaluación ambiental estratégica, así como de otras materias afines o relacionadas.
  14. Elaborar por iniciativa propia o a petición de parte, estudios técnicos, científicos y jurídicos sobre temas selectos o específicos de impacto y riesgo ambiental y de evaluación ambiental estratégica.
  15. Fungir como institución asesora y consultiva de dependencias, organismos y entidades públicos y privados, nacionales e internacionales, así como de organismos multilaterales en las materias de evaluación del impacto ambiental, de evaluación ambiental estratégica y de otras afines o relacionadas.
  16. Emitir opiniones, consultas y posicionamientos sobre asuntos relativos a las materias de impacto y riesgo ambiental y de evaluación ambiental estratégica, así como en materias relacionadas con estas.
  17. Establecer mecanismos de vinculación y formación de alianzas con otras asociaciones y colegios de profesionistas, nacionales y extranjeros, para realizar de forma conjunta actividades y proyectos que contribuyan al fortalecimiento de los instrumentos de evaluación del impacto ambiental y de evaluación ambiental estratégica.
  18. Organizar y llevar a cabo eventos, exposiciones, seminarios, conferencias, cursos, talleres, simposios, mesas redondas y en general cualquier tipo de actividades culturales y de capacitación, relativas y relacionadas con las materias de impacto y riesgo ambiental, de evaluación ambiental estratégica, otras materias relacionadas, por iniciativa propia o por contratación privada o pública, ésta última en términos de las disposiciones jurídicas aplicables a las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público en los órdenes federal, estatal y municipal.
  19. Obtener patrocinios y otros recursos económicos, financieros y materiales provenientes de entidades, instituciones gubernamentales, organismos nacionales e internacionales, instituciones privadas y donativos del público en general, para la consecución de los fines de la asociación.
  20. Formar parte de otras asociaciones, cámaras y colegios de profesionistas, nacionales o internacionales siempre que su papel y funciones sean afines al objeto social de la AMIA, A.C., su reglamento interior, misión y visión.
  21. Otorgar premios, estímulos y reconocimientos a actividades, documentos y proyectos relevantes por su importancia, contenido, técnicas y metodologías empleadas o aportaciones novedosas a la observancia, eficacia y consecución de la evaluación del impacto ambiental y de la evaluación ambiental estratégica.
  22. Darse su Reglamento Interno en el que se establezca, de manera enunciativa, no limitativa: a) operación y funcionamiento de la Mesa Directiva, b) Integración y funcionamiento de grupos o comités de trabajo; el establecimiento y operación de capítulos de la AMIA, A.C. en las entidades federativas; c) la integración y facultades del Consejo Técnico Asesor; d) privilegios, beneficios y obligaciones de socios fundadores y de asociados; e) monto de cuotas de los asociados; f) elaboración y aprobación del Programa bianual de trabajo, entre otros.
  23. Adquirir por cualquier título jurídico los bienes muebles e inmuebles necesarios para el cumplimiento de su objeto social, 24. Contratar y capacitar al personal necesario para el cumplimiento de los fines de la AMIA, A.C., 25. En general, la realización de todos los actos y celebración de todo tipo de contratos y convenios que sean lícitos y sirvan a los fines, objetivos, misión, visión, desarrollo, crecimiento, fortalecimiento y consolidación de la AMIA, A.C..
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Academia Mexicana de Impacto Ambiental, A.C.
CDMX
Teléfono:
T: +52 55 5688-1014
Email info@amia.org.mx
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